Como Campeóní recoge el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, en su apartado primero y segundo, el plazo para ejercitar acciones derivadas del contrato sobre percepciones económicas o cumplimiento de obligaciones de tracto único prescribirá en el plazo de un año desde que la acto se pudo ejercitar. El https://dallaswsljz.madmouseblog.com/16038111/examine-este-informe-sobre-demanda-laboral-de-venezolanos-en-colombia